Elecciones de Junta Directiva y Revisor Fiscal 2027 – 2030
Conoce acerca de las elecciones de nuestra
Junta Directiva y Revisor Fiscal para el periodo 2027-2030
El primer jueves hábil de diciembre de 2026 se elegirá la nueva Junta Directiva de la Cámara de Comercio de La Dorada, Puerto Boyacá, Puerto Salgar y Oriente de Caldas. Aquí encuentra toda la información del proceso.
1. ¿Qué función cumple la Junta Directiva?
- Define el direccionamiento estratégico de la Cámara de Comercio; es responsable de la planeación, adopción de políticas, control y evaluación de la gestión de la Entidad.
- Representa a los comerciantes y empresarios de la jurisdicción y propone actividades para su fortalecimiento y crecimiento.
2. ¿Qué función cumple la Revisoría Fiscal?
- Garantiza el cumplimiento de la normatividad legal y estatutaria de la Cámara.
- Da confianza sobre los Estados Financieros y verifica el cumplimiento contable y administrativo.
3. Aspectos a tener en cuenta
- Los afiliados que conforman el censo electoral son quienes pueden elegir o ser elegidos miembros de junta directiva.
- Los miembros de la junta tienen un periodo de 4 años, con posibilidad de una sola reelección inmediata.
- La junta directiva está integrada por seis (6) miembros principales con sus respectivos suplentes, elegidos por los comerciantes que tengan la calidad de afiliados, y tres (3) representantes designados por el gobierno.
- Las elecciones se realizarán el primer jueves hábil de diciembre de 2026, en el horario que se establezca en el aviso oficial.
4. ¿Quiénes eligen la Junta Directiva?
Los afiliados a la Cámara de Comercio de La Dorada, Puerto Boyacá, Puerto Salgar y Oriente de Caldas.
¿Cuál es la diferencia entre afiliado y matriculado?
Los afiliados son quienes, además de estar matriculados, se vinculan voluntariamente a la Cámara para acceder a beneficios especiales.
5. Requisitos para ser miembro de la Junta Directiva
- Ser ciudadano colombiano en ejercicio de sus derechos políticos.
- Ser afiliado durante los dos años anteriores al 31 de marzo de 2026 y conservar ininterrumpidamente esta calidad hasta la fecha de las elecciones.
- No haber sido condenado por delitos contra la propiedad, la fe pública, la economía nacional, la industria y el comercio, contrabando, competencia desleal, usurpación de propiedad industrial o giro de cheques sin fondos, con pena accesoria de prohibición para ejercer el comercio.
- Estar domiciliado en la circunscripción de la Cámara de Comercio.
- Ser persona de reconocida honorabilidad.
- No estar incurso en las inhabilidades e incompatibilidades del artículo 9° de la Ley 1727 de 2014.
6. ¿Cómo inscribirse?
- Las elecciones se realizan por listas, que pueden contener uno o varios renglones (máximo el número de miembros principales a elegir).
- Cada renglón se inscribe con un miembro principal y un suplente personal; ambos deben cumplir la totalidad de los requisitos.
- Ningún candidato puede aparecer en más de una lista.
- Identificación de candidatos: persona natural → nombre completo y número de cédula; persona jurídica → razón social y NIT.
- Plazo de inscripción: del 16 de octubre al 3 de noviembre de 2026 (segunda quincena de octubre), ante la Dirección jurídica y Secretaría General de la Cámara.
- Fundamento normativo: Oficio 2026-01-132881 del 25 de marzo de 2026, Superintendencia de Sociedades.
7. Normatividad
- Ley 1727 de 2014.
- Decreto 1074 de 2015.
- Oficio 2026-01-132881 del 25 de marzo de 2026 – Superintendencia de Sociedades.
8. Censo
9. Términos
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